Cuando
no es un pito, es una flauta. El caso es que en España nunca estamos conformes
con las decisiones de nuestros tribunales de justicia, ni siquiera si se trata
de sentencias judiciales en su última instancia. El reciente archivo por parte
de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo de la causa contra el ex ministro
socialista Blanco por un supuesto delito de tráfico de influencias, como era de
esperar, ha levantado ampollas entre quienes esperaban y deseaban su condena.
Es lo normal en este país, generoso en discutir sin ton ni son pero tacaño en
exigir responsabilidades reales. Pero además, dicho Tribunal Supremo acaba de
rebajar la condena (de seis años a nueve meses de prisión) al ex presidente balear
popular Matas, corrigiendo la sentencia de la Audiencia Provincial de Palma ya
que no encuentra pruebas para condenarle por fraude a la Administración, ni por
falsedad continuada en documento oficial, ni mercantil, ni por prevaricación o
malversación, por tanto, sólo lo condena por tráfico de influencias. ¡Menos mal
que para este delito si ha encontrado pruebas! No está nada mal. Las rebajas de
julio son bastante sustanciales y, en todo caso, suponen una tajante
desautorización por parte del Supremo a las instancias judiciales inferiores,
al juez instructor y a los fiscales respectivos.
Curiosamente
se da la circunstancia de que los magistrados del TS que han decidido sobre
Blanco están considerados como “progresistas” y los que lo han hecho sobre
Matas, como “conservadores”, a excepción de uno de ellos que, curiosamente, ha
emitido un voto particular a la sentencia. Es esta casualidad de supuesta
afinidad ideológica entre juzgadores y juzgados donde basan los críticos sus
argumentos para desacreditar sendas decisiones tan benevolentes, mientras que
los más maliciosos, que no creen en las casualidades, hasta comentan que un
caso compensa al otro y aquí paz y allá gloria. Al no ser la primera vez que
determinadas sentencias, condenatorias o absolutorias, han sido desacreditadas,
alegando discrepancias o coincidencias ideológicas entre jueces e imputados, ¿qué
decisión se hubiese tomado sobre Blanco y Matas si los tribunales hubiesen sido
a la inversa? Prefiero no pensar que en dicho supuesto, tal como algunos entienden,
ambos ex gobernantes, en consonancia con lo planteado por los instructores y
fiscales, estarían hoy condenados por tráfico de influencias y Matas por
algunos delitos más. Prefiero pensar que las dificultades para esclarecer determinados
delitos –que no tuvo la Audiencia Provincial de Palma, ni los jueces
instructores, ni los fiscales- son las que, a pesar de que todos los indicios
indiquen lo contrario, al final han determinado tan benevolentes sentencias,
aunque para los legos en la materia, como yo y la mayoría de los mortales, nos
parezca lo contrario. El reciente revuelo político desde que el Presidente del
Tribunal Constitucional admitiera ser miembro del Partido Popular nos lo hace
parecer así, pues, si hasta los partidos políticos y los profesionales de la Justicia,
cuestionan las sentencias en las que ha intervenido, nos ratifican que, en
efecto, la adscripción ideológica sí cuenta a la hora de juzgar.
¿No ha
de ser la Ley la que rija la actuación de fiscales, jueces y magistrados a la
hora de juzgar al margen de las preferencias o adscripciones ideológicas que
tenga cada uno? Si es así, o la Ley está muy mal hecha, siendo excesivamente
laxa en la interpretación de los supuestos delitos, o los jueces españoles son
muy malos profesionales, reservando la garantía de calidad sólo a las
instancias superiores. Sólo desde cualquiera de estos supuestos se puede
entender tamañas discrepancias, que no matices circunstanciales, entre los
diversos tribunales o las diversas instancias judiciales. La solución, en todo
caso, estaría en el Parlamento, que debiera mirar muy en serio este problema. Pero,
si los propios partidos, en los que militan los parlamentarios, admiten la
parcialidad ideológica de los jueces y magistrados del Tribunal Supremo y del
Tribunal Constitucional, estamos hablando de algo mucho peor y de extrema
gravedad. Nada más y nada menos que de una Justicia politizada ya que,
implícitamente, están reconociendo que no es la Ley, sino la ideología, lo que
rige la administración de justicia y, al no hacer nada al respecto, el
Parlamento se convierte en el problema y no en su posible solución. Con tales
argumentos se induce a creer que tanto el TS como el TC están destinados no a
corregir los errores de instancias inferiores, sino, por el contrario, a
corregir sus aciertos. Una perversión de las reglas de juego democráticas sin
paliativos, pues, en democracia, la ideología mayoritaria en el Parlamento es
la que inspira la Ley, pero, una vez aprobada y mientras esté vigente, nunca
puede inspirar su aplicación a la hora de emitir una sentencia. La Legalidad,
como sistema o conjunto de leyes vigente, depende, obviamente, del juego ideológico
democrático (leyes progresistas o conservadoras), que, en ningún caso puede
interferir a la hora de administrar justicia (es decir, aplicar las leyes),
aunque, obviamente, los jueces tengan su propia ideología política
(progresista, conservadora, nacionalista o vaya usted a saber). Como
ciudadanos, cabe hablar de jueces progresistas o conservadores, pero no de
sentencias progresistas o conservadoras (las sentencias simplemente han de
ajustarse a la ley y punto), pues es, sencillamente, una aberración. Admitir
que éstas se dan supone reconocer el déficit democrático que padece nuestro
sistema político, en el que, como dice Orozco, el amigo de Blanco, “siempre es
bueno tener un amigo en el Gobierno de tu país (…) siempre quedamos en lugares
de poco tránsito (…) Y él me va arreglando cosas”. Lo que me pregunto es que,
si no es un delito de tráfico de influencias, ¿por qué quedan en lugares de
poco tránsito? Ellos sabrán.
Fdo.
Jorge Cremades Sena
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